RICR No. 59

Los derechos humanos y el Protocolo II

Reading time 2 minutos de lectura
Descargar PDF

Abstract
Los derechos humanos y especialmente los derechos civiles y políticos han influenciado la reciente evolución del derecho internacional humanitario. Esta comprobación es válida sobre todo para el Protocolo II, relativo a los conflictos armados no internacionales. El año 1978, en la Conferencia celebrada en Teherán, las Naciones Unidas asociaron por primera vez estas dos ramas del derecho internacional. A partir de ese momento, el derecho internacional humanitario se denomina también «derechos humanos en período de conflicto armado». Esta relación se concretó ulteriormente con la inclusión, en los Protocolos adicionales, de ciertas normas fundamentales, idénticas a las de las Convenciones de los derechos humanos; contribuye a reforzar la protección de la persona humana en las situaciones de conflicto armado.En el segundo considerando del Preámbulo del Protocolo II se establece una relatión con los derechos humanos, «recordando, asimismo que los instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos ofrecen a la persona humana una protectión fundamental«. Se trata de una toma de posición importante, si se tiene en cuenta que la función de un preámbulo es orientar, mediante directrices, la interpretatión de un tratado. Por primera vez, en un instrumento de derecho internacional humanitario, se incluyó una mention explicita a los derechos humanos. Ello no significa necesariamente que no haya habido antes relaciones entre las dos ramas del derecho internacional.

Continuar la lectura de #RICR No. 59

Más información sobre Sylvie Junod