RICR No. 113

Guerra justa y guerra legítima en la doctrina española del siglo XVI

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Abstract
Los problemas éticos y jurídicos planteados por la guerra tienen especial importancia en el pensamiento de los teólogos y de los juristas del Siglo de Oro español. Sin embargo, reflexionando y expresándose acerca de tales problemas, no inventaban totalmente. Porque ya había, antes de ellos, un considerable bagaje doctrinal, esencialmente de la Edad Media. Así pues, una apreciación justa de su protagonismo en ese tema ha de comenzar con la evocación de lo que era la doctrina medieval de la guerra. Por lo tanto, examinaremos, en primer lugar, esa doctrina, antes de estudiar la acogida que le dispensaron los autores españoles del siglo XVI y las transformaciones a las cuales la sometieron.Se equipara corrientemente, la concepción medieval del derecho de la guerra con la doctrina llamada de la guerra justa. En realidad, esta denominación utilizada desde finales del siglo pasado no es del todo adecuada, en la medida en que sugiere la existencia de una teoría coherente y unitaria. Ahora bien, no es así ni mucho menos. El derecho de la guerra de la Edad Media comporta, de hecho, varias corrientes que, aunque imbricadas, son irreductibles a la mera idea de guerra justa, tal como comúnmente se la considera.Hay dos principales maneras de presentar el fenómeno de la guerra desde el punto de vista del derecho. Una de ellas nos lleva a la noción de guerra justa y la otra a la de guerra regular. Demos, brevemente, las características de esas dos concepciones jurídicas de la guerra.

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