RICR No. 144

Trascendental reto para los tribunales penales internacionales: conciliar las exigencias del derecho international humanitario y de un procedimiento equitativo

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Abstract
Los Tribunales Penales Internacionales, instituidos por el Consejo de Seguridad en 1993 y 1994, están a punto de demostrar que la represión internacional de las violaciones graves del derecho internacional humanitario ha dejado de ser un concepto meramente teórico. Veintiún acusados y sospechosos han sido transferidos a la sede del Tribunal de Arusha, y el Tribunal de La Haya ha dictado dos fallos condenatorios. Estos Tribunales no sólo tienen competencia para perseguir y enjuiciar a los presuntos responsables de violaciones graves del derecho internacional humanitario, sino que, de conformidad con los respectivos Estatutos, deben hacerlo velando por que las normas internacionalmente reconocidas relativas a los derechos del acusado sean plenamente respetadas en todas las fases de las diligencias incoadas.En el artículo 20 de los Estatutos del Tribunal para Ruanda y en el artículo 21 de los Estatutos del Tribunal para ex Yugoslavia, que reproducen el contenido de las disposiciones del artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, seenumeran pormenorizadamente los derechos de que puede beneficiarse la persona acusada.

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