RICR No. 143

Tayikistán: declaratión de conformidad con el artículo 90 del Protocolo I

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Abstract
La República de Tayikistán, mediante su declaración del 10 de septiembre de 1997, reconoce la competencia de la Comisión Internacional de Encuesta, de conformidad con el artículo 90, párrafo 2, apartado a) del Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la protectión de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo I). Mediante esa declaración, la República de Tayikistán declara que reconoce ipso facto y sin acuerdo especial, con relatión a cualquier otra Alta Parte Contratante que acepte la misma obligatión, la competencia de dicha Comisión para proceder a una investigatión de las denuncias formuladas por otra Parte.

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