RICR No. 92

Luchar según las normas: instrucción de las fuerzas armadas en el derecho humanitario

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Abstract
Se acepta generalmente que la instrucción por lo que respecta a los derechos humanos puede ser uno de los más efectivos medios para promover la observancia de esos derechos. Los que por su profesión ejercen poder sobre otros tienen la obvia necesidad de conocer los lísmites de su poder; integran dicho grupo los miembros de las fuerzas armadas. Sus actos, donde quiera que se cometan, comprometen la responsabilidad de su Estado, de conformidad con los tratados de derechos humanos. Por lo tanto, es necesario instruirlos sobre el derecho de los derechos humanos, especialmente sobre los derechos no derogables, sin embargo, el conjunto de normas que impone las mayores prohibiciones y límites a la conducta de las fuerzas armadas es el derecho humanitario. Se utiliza aquí este término para incluir tanto «el derecho de La Haya», que limita los medios y los métodos de hacer la guerra, como el «derecho de Ginebra», cuya finalidad es proteger a ciertas víctimas del conflicto, tales como los heridos y los enfermos en el campo de batalla, los heridos, enfermos y náufragos en el mar, los prisioneros de guerra y las personas civiles que viven bajo ocupación extranjera.

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