RICR No. 139

Declaración del CICR ante la Asamblea General de las Naciones Unidas relativa a la Opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre la licitud de la amenaza o del empleo de armas nuclear...

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Abstract
Por primera vez, la Corte Internacional de Justicia analizó con cierto detenimiento el derecho internacional humanitario que rige el empleo de armas. Nos fue grato comprobar la reafirmación de algunas normas que la Corte definió como inquebrantables, en particular la prohibitión absoluta del empleo de armas de efectos indiscriminados, así como la prohibitión del empleo de armas que pueden causar sufrimientos innecesarios. También celebramos que la Corte haya puesto de relieve que el derecho humanitario se aplica a todas las armas sin exceptión, incluidas las nuevas. En ese contexto, deseamos destacar que no hay exceptión alguna a la aplicación de esas normas, cualesquiera que sean las circunstancias. El derecho international humanitario es per se la última barrera contra la barbarie y el horror que engendra, con demasiado facilidad, la guerra y además se aplica uniformemente a todas las partes en un conflicto en todas las circunstancias.

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