RICR No. 141

Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción (1972): Declaración del Comité Internacional ...

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Abstract
Es un privilegio para el Comité Internacional de la Cruz Roja dirigirse a esta Conferencia, cuya finalidad es reforzar una de las primeras prohibiciones establecidas por el derecho internacional humanitario: la del empleo del veneno como medio de guerra. Esta norma no sólo se sustenta en la Declaración (2) de La Haya de 1899 y la Convención (IV) de La Haya de 1907, sino también en las normas relativas a la guerra de diversos sistemas éticos y culturales. En la Antigüedad, los griegos y los romanos tenían la costumbre de respetar la prohibición de emplear veneno y armas envenenadas. Hacia el año 500 a.d.C, en el Código de Manú, de la India, se prohibió el empleo de dichas armas y, un milenio más tarde, los sarracenos tomaron del Corán normas sobre la conducción de la guerra que proscribían el envenenamiento.El Protocolo de Ginebra de 1925, precursor inmediato de la Convención sobre las Armas Químicas, se negoció en medio de una atmósfera de repulsa de la opinión pública por el empleo del veneno. Este Protocolo no sólo refrenda la prohibición de emplear gases tóxicos sino que prohíbe también el empleo de armas bacteriológicas. En un fogoso llamamiento, lanzado en 1918, el CICR concluía augurando que, si se aceptaba el veneno como medio de combate, se libraría «una lucha en la cual la barbarie alcanzaría proporciones sin precedentes».

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