IRRC No. 915

La protección jurídica de las personas que viven bajo el control de grupos armados no estatales

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En los conflictos armados no internacionales recientemente librados en países como Irak, Libia, Nigeria, República Centroafricana, Siria, Sudán del Sur, Ucrania y Yemen, diversos grupos armados no estatales han ejercido control sobre ciertos territorios y sobre las poblaciones que allí vivían. En muchos casos y por diferentes razones, los grupos armados no estatales desarrollan en esos territorios alguna forma de gobernanza, que puede incluir el mantenimiento del orden, la administración de justicia o la prestación de servicios sociales o de salud. La importancia de esas medidas se puso de manifiesto especialmente cuando, en 2020, no solo los gobiernos, sino también los grupos armados tomaron medidas para poner freno a la propagación de la pandemia de COVID-19. En este artículo, se examinan las principales cuestiones jurídicas que surgen en esos contextos. En primer lugar, se analiza la medida en que el derecho internacional humanitario protege la vida y la dignidad de las personas que viven bajo el control de grupos armados no estatales, y se despejan las dudas acerca de si esta rama del derecho internacional desempeña o no un papel en la regulación de lo que a veces se denomina “gobernanza rebelde”. En segundo lugar, se reseñan brevemente ciertos aspectos de la vida de las personas que habitan en territorios controlados por grupos armados, regulados por el derecho internacional humanitario, y algunos otros aspectos que corresponden a la esfera del derecho de los derechos humanos. En tercer lugar, se analiza si es posible afirmar que el derecho de los derechos humanos impone obligaciones a los grupos armados no estatales como cuestión de derecho y en qué medida, y se señalan las cuestiones que requieren mayor atención en los debates actuales y futuros. Descargue el PDF para leer el artículo completo.

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